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Instituto de Diversidad y Ecología Animal (IDEA CONICET UNC)

REGLAMENTO DE USO EBMCH


La Estación Biológica Mar Chiquita (EBMCH) se encuentra inmersa en un ambiente natural único, caracterizado y dominado por la presencia de un espejo de agua salada.  Se compone de una Residencia equipada para realizar actividades de investigación, docencia y extensión, que promueva la conservación de su biodiversidad y los ambientes naturales.

CAPÍTULO I.

DISPOSICIONES GENERALES.

ARTICULO 1.- El presente reglamento pretende regular las actividades de la Estación Biológica Mar Chiquita (EBMCH) para su correcto funcionamiento y brindar un marco de disposiciones que fomenten su cuidado, como así también la cordialidad entre los investigadores y visitantes que la utilicen.

ARTÍCULO 2.- La administración  de la EBMCH estará a cargo de una Comisión designada por las autoridades del IDEA (CONICET-UNC), integrada por un Director y otros tres miembros de la Unidad Ejecutora, quienes durarán cuatro años en sus funciones. 

ARTÍCULO 3.- Podrán realizar actividades de investigación los profesores-investigadores y becarios de la propia Institución (IDEA – CONICET), de otras instituciones educativas del Estado, del país o extranjeras, así como otras dependencias oficiales o privadas, siempre y cuando sus propuestas de estudio respeten los lineamientos que marca el presente Reglamento y los que la Institución promueva a futuro.

ARTÍCULO 4.- Los estudiantes de la licenciatura en Biología o de programas académicos de áreas afines, podrán desarrollar proyectos de investigación siguiendo los mismos procedimientos que los profesores-investigadores para hacer sus propuestas, debiendo incluir además una carta compromiso del tutor que guiará dicha investigación.

CAPÍTULO 2

SOBRE LA SOLICITUD DE USO DE LAS INSTALACIONES DE LA ESTACIÓN.

ARTÍCULO 5.- Todo posible usuario de la EBMCH deberá solicitar con anticipación su utilización, adjuntando una solicitud impresa y firmada por la autoridad responsable, siguiendo el modelo provisto en el sitio web del IDEA. La Comisión evaluará la solicitud y estimará su conveniencia; librará, si es aprobada, una autorización escrita que deberá ser presentada al ingreso a la EBMCH.

ARTÍCULO 6.– La solicitud de visita, alojamiento, investigación científica u otra actividad en las instalaciones de la EBMCH se debe realizar con al menos diez (10) días de antelación. Además se deberá reservar la estadía en el calendario on-line constituido para tal fin.

ARTÍCULO 7.- Para el caso de los proyectos que contemplen la recolección de material florístico, micológicas, zoológicas u otros, se precisarán las técnicas y métodos de captura y colecta, los cuales deberán cumplir con las reglamentaciones vigentes en cada área de investigación.

ARTÍCULO 8.- EL IDEA no se hace responsable por los daños, perjuicios o lesiones que los residentes puedan sufrir en la misma. Todo usuario de la EBMCH deberá contar con Seguro de Trabajo, expedido por la Empresa a la cual pertenece el investigador, que deberá ser presentado para ingresar a la EBMCH. Además, para el caso de investigadores o becarios pertenecientes al IDEA,  deberán dejar en la secretaría del Instituto el formulario para  llevar a cabo tareas de campo. Los estudiantes de grado que necesiten hacer uso de las instalaciones también deberán presentar un seguro de responsabilidad civil contratado a tal fin.

CAPÍTULO 3

SOBRE LAS OBLIGACIONES DE LOS USUARIOS DE LAS INSTALACIONES DE LA ESTACIÓN.

ARTICULO  9.- La EBMCH ofrece a los potenciales usuarios elementos de uso común, que forman parte de los bienes inventariables de la Estación. En caso de deterioro de algún elemento dentro de las instalaciones de la EBMCH, se cobrará el valor correspondiente, para su reposición.

ARTICULO 10.- Es obligación de los usuarios de la EBMCH notificar al Responsable de la Estación cualquier desperfecto o anomalía observado u ocasionado tanto en instalaciones como en equipo. 

ARTICULO 11.- Es obligación de los usuarios de la EBMCH mantener la limpieza y orden de las instalaciones.  Al término de la su estadía, la Estación deberá quedar libre, ordenada y lista para uso posterior por otros visitantes.

ARTICULO 12.- La apropiación permanente de espacios pertenecientes a la EBMCH está terminantemente prohibida ya que interfiere con el trabajo de otros. Todo material y/o elementos que deban dejarse en la EMMCH para una próxima visita deberán ser adecuadamente rotulados, detallando el contenido y el responsable del mismo (nombre y laboratorio al que pertenece). Los visitantes deberán disponer adecuadamente de los desechos producto de su investigación, de acuerdo al caso.

ARTICULO 13.- Se deberá contemplar que el servicio de hospedaje sólo se proporcionará a las personas incluidas dentro de la solicitud presentada y aprobada por el Comité que la evaluó, por lo que no podrán permanecer en el área personas no autorizadas.

ARTÍCULO 14.- El uso de actividades de laboratorio está restringido al área o áreas asignadas por el Responsable de Estación y dependerá del espacio disponible en el momento. La EBMCH cuenta con equipo mínimo para uso de los visitantes; por lo tanto, se recomienda que éstos provean sus propios materiales, herramientas y equipo.

ARTICULO 15.- El IDEA no se hace responsable en ningún caso por la pérdida de objetos de valor durante la estadía de los visitantes a la EBMCH ni de los objetos dejados para una próxima visita.

ARTÍCULO 16.- Cualquier aspecto no contemplado en el presente Reglamento será resuelto por la Comisión, en consulta con la Dirección de IDEA y su Comisión Directiva.