Rondeau 798 (Jardín Zoológico) - CP X5000AVP - (0351) 433-2055/54 Int. 104 - secretaria.idivyecol@gmail.com
Instituto de Diversidad y Ecología Animal (IDEA CONICET UNC)

REGLAMENTO INTERNO


CAPÍTULO 1. DE LA CARACTERISTICA Y OBJETIVOS

Art. 1º) El IDEA es una Unidad Ejecutora (UE) dependiente del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) y de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC), cuyos objetivos son:

a) Llevar a cabo investigaciones cuyo objeto, sujeto o modelo de estudio son los animales, abordando distintos aspectos tales como la sistemática, la biogeografía, la genética, la ecofisiología, el comportamiento, la conservación, la ecología y la evolución en diferentes niveles.
b) Formar recursos humanos en investigación con aptitudes para desempeñarse en forma competitiva a nivel internacional en las diferentes subdisciplinas.
c) Propulsar y facilitar la transferencia científico-tecnológica al medio, para la resolución de problemas ambientales, sanitarios, de conservación, manejo y uso sustentable, entre otros.
d) Proponer a las autoridades correspondientes la realización de convenios con instituciones públicas o privadas, nacionales o internacionales, para el desarrollo de proyectos de investigación conjuntos y el intercambio de investigadores y becarios.


CAPÍTULO 2. DE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES

Art. 2º) La conducción del IDEA estará a cargo del Director; el Vicedirector y el Consejo Directivo (CD).

Art. 3º) Director.
El Director será designado de común acuerdo por el CONICET y la UNC, según las normas establecidas a tal efecto y serán sus funciones:
a) Ejercer la representación del IDEA.
b) Llevar adelante la gestión científica del IDEA.
c) Ser responsable institucional, administrativo y patrimonial de la UE, incluida la administración de los recursos humanos, haciendo cumplir las normativas superiores e internas correspondientes en cada caso.
d) Elaborar el proyecto institucional y los planes periódicos para la UE, incluida la solicitud de fondos, su inversión y rendición anual que deberá presentar para su aval al Consejo Directivo y posteriormente, al CONICET y a la UNC para su aprobación.
e) Presidir el Consejo Directivo de la UE y votar sólo en caso de empate.
f) Convocar a reuniones ordinarias y extraordinarias del CD.
g) Mantener informado al conjunto del personal del IDEA sobre decisiones y actividades del mismo.
h) Elevar periódicamente informes de lo actuado al CONICET y a la UNC.
i) Integrar el Consejo Directivo del CCT Córdoba.

Art. 4º) Vicedirector.
a) El Vicedirector/a será elegido por el Director entre los Consejeros Directivos, y tendrá como única función reemplazar al Director durante su ausencia, sin desmedro de su carácter de Consejero.
b) La designación deberá contar con la aprobación del CONICET y de la UNC.

Art. 5º) Consejo Directivo (CD).
a) El CD estará integrado por miembros del padrón de electores pertenecientes a la Carrera del Investigador Científico y Tecnológico del CONICET con categoría no inferior a Adjunto, y por docentes-investigadores de la UNC con dedicación exclusiva categorizados I ó II en el Programa de Incentivos, con lugar de trabajo en el IDEA.
b) Los integrantes del CD serán elegidos por votación de los miembros del padrón de electores, conformado por todos los Investigadores y Personal de apoyo del CONICET y los docentes-investigadores de la UNC con dedicación exclusiva, con lugar de trabajo en el IDEA. El voto será secreto y en urna, habiéndose informado previamente una lista de candidatos en condiciones reglamentarias de ser elegidos. Los miembros titulares del CD serán aquéllos más votados y los dos suplentes, los siguientes en cantidad de votos. En caso/s de empate se sorteará entre los candidatos.
c) El acto eleccionario deberá ser convocado por el Director de la UE, con previa autorización del Directorio del CONICET y de la UNC.
d) El CD contará con 4, 6, u 8 integrantes de acuerdo al padrón de investigadores y docentes-investigadores (I/D-I) del IDEA al momento de la elección: hasta 15 I/D-I, 4 representantes; entre 15 y 30 I/D-I, 6 representantes; más de 30 I/D-I, 8 representantes. En cualquiera de los casos se agregarán 2 miembros suplentes, para poder completar el quórum exigido en el inciso (i).
e) Los miembros del CD durarán 4 años en sus cargos y la renovación se realizará cada dos años por mitades, mediante el mecanismo eleccionario descripto en el inciso (b), pudiendo ser reelegidos hasta una (1) vez consecutiva.
f) En el caso de la constitución inicial del Consejo Directivo se sorteará el 50% de los integrantes, los cuales cumplirán un mandato reducido a fin de inaugurar la renovación por mitades.
g) Los miembros del CD actuarán con independencia de criterio y no en representación de sus votantes. Las decisiones se tomarán por mayoría simple; en caso de empate votará el Director.
h) El Consejo Directivo tendrá reuniones ordinarias mensuales para tratar un orden del día comunicado previamente. El Director podrá convocar a reunión extraordinaria ante situaciones excepcionales.
i) El CD sesionará con al menos la mitad más uno de sus miembros, incorporándose, en caso de ausencia de hasta dos miembros titulares uno o ambos suplentes. En cada reunión de CD se labrará un acta, que será difundida a todo el personal del IDEA.
j) Ser miembro del CD es obligatorio en virtud de lo normado en el Art. 33 inc. a del Estatuto de las carreras de CONICET. La obligatoriedad rige también para miembros de la institución contraparte. Sólo podrán ser excusados de esta obligación aquellos investigadores que manifiesten razones fundadas para ello.
k) Toda persona integrante del IDEA, incluso becarios y personal de apoyo, que desee expresar alguna inquietud de índole laboral podrá solicitar mediante nota ser recibido por el CD para una entrevista personal.

Art. 6º) Funciones del Consejo Directivo (CD).
a) Avalar con el Director las prioridades de incorporación del personal (investigadores, becarios, CPA).
b) Avalar con el Director la reglamentación interna de funcionamiento, la memoria anual científico-tecnológica y los informes sobre el funcionamiento de la unidad, presentados al CONICET y/o a la UNC.
c) Avalar con el Director la solicitud de fondos, su inversión y la rendición anual.
d) Avalar con el Director la correcta administración del equipamiento y vehículo/s que sean patrimonio del IDEA.
e) Acordar con el Director sobre la disponibilidad de espacio físico e infraestructura del IDEA.

NOTA DECRETO 810-14 INCORPORACIÓN DE UN REPRESENTANTE DE BECARIO Y CPA AL CD


CAPITULO 3. DEL PERSONAL

Art. 7º) Sus recursos humanos
Los recursos humanos del IDEA están conformados por el personal científico-tecnológico (investigadores y personal de apoyo) del CONICET, los investigadores con dedicación exclusiva de la UNC, y las personas bajo el régimen de becas o pasantías de las partes, que realicen sus tareas en el IDEA.

Art. 8º) Derechos
Son derechos del personal y becarios con lugar de trabajo en el IDEA el utilizar las instalaciones, infraestructura y bienes del mismo para la realización de sus tareas científico-técnicas, en un marco de libertad académica.

Art. 9º) Obligaciones
Son obligaciones del personal y becario con lugar de trabajo en la UE:
a) Ajustarse al cumplimiento de las normas vigentes para el Personal de CONICET y de la UNC.
b) Colaborar en la organización y participar de las actividades promovidas por el IDEA.
c) Mencionar su pertenencia al IDEA y a la UNC en todas sus publicaciones o intervenciones académicas, de difusión o de transferencia.
d) Suministrar la información de su producción anual, transferencias y formación de RRHH, a fin de posibilitar la confección de la Memoria Anual del IDEA.
e) La evaluación individual de los investigadores pertenecientes al CONICET y los de la UNC, se realizará directamente a través de los mecanismos que dichas instituciones tienen ya establecido a tal fin.

Art. 10º) Incorporación de nuevos investigadores
La incorporación al IDEA de nuevos investigadores pertenecientes al CONICET y/o la UNC requerirá el aval del Director y del Consejo Directivo, quienes evaluarán la relevancia de la propuesta. En su solicitud el postulante deberá presentar carta intención, su CV y plan de trabajo acorde a los objetivos del IDEA.